El valor de la herencia está determinado por todo el patrimonio del fallecido: bienes inmuebles, fincas, vehículos y cuentas bancarias etc., además del ajuar, las joyas u otros bienes. El valor del ajuar domestico se calcula por lo general mediante una operación aritmética aplicando el 3% sobre la masa hereditaria. En ocasiones, es necesario acudir a un tasador para calcular el valor de joyas o cuadros.

Respecto a los bienes inmuebles, su valor puede ser calculado también mediante un tasador o por la propia Administración tributaria.

La suma del valor de todos estos bienes es el valor de la herencia y sobre esta cantidad se liquida el impuesto de sucesiones.